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GAVILÁN, CÓNDOR, PALOMA (II)

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Autor: Moisés Pineda Salazar

El perdón sin olvido es el acto de recordar sin odio y sin rabia

Carlos Pizarro Leóngomez¿Qué culpa debo reconocer si no hay culpa; y si tal no hay, de qué debo arrepentirme y si de nada debo arrepentirme, por qué y de qué hay que pedir perdón?”

Hace casi veinte años, el Presidente de la Asamblea del Departamento del Atlántico, por iniciativa de los diputados de la AD-M19, sometió a consideración de la plenaria la propuesta de instalar un óleo con la imagen de Carlos Pizarro Leongómez en el recinto de esa corporación. Se quería poner de presente “el compromiso irrevocable del M19 con la Paz, la Reconciliación y la No Violencia”. Así fue aprobado por unanimidad.

Dos años después, cualquier día y a cualquier hora, por órdenes del Presidente de la Corporación, el cuadro fue retirado y regalado a cualquiera que se mostrara dispuesto a llevarse “la imagen de aquel asesino” de las instalaciones de aquel “sagrado recinto de la democracia”.

Eran los tiempos en los que se hablaba de “perdón y olvido”.

Y aquello se decía muy a pesar de que las tradiciones religiosas nos indicaban, desde patrística de los tiempos antiguos de la Iglesia, que la reconciliación pasaba por diferentes estadios que indicaban que aquella propuesta, que había hecho carrera desde la primera mitad del Siglo XX, no era suficiente para reparar el daño inferido, no ya a la Iglesia —Cuerpo Místico— sino al Pueblo, Cuerpo Social.

No éramos pocos los que compartíamos la condición de haber sido formados en un Seminario Católico.

El catecismo con el que fuimos conducidos a la Primera Comunión, que exigía previamente nuestra primera confesión, nos proponía una secuencia que debíamos tener presente, y seguir, para hacer de ella un perfecto acto de restauración del equilibrio perdido por el pecado, hecho materia eficaz por el acto del pecador.

Estos eran los pasos a seguir en ese acto de sanación espiritual:

  • 1- Examen de Conciencia.
  • 2- Contrición de Corazón
  • 3- Propósito de enmienda.
  • 4- Confesión de Boca.
  • 5- Satisfacción de obra”.

En ninguna parte se habla en esas tradiciones culturales católicas de “perdón y olvido”, del “borrón y cuenta nueva”, con el que otras sociedades, como la Argentina y la Chilena, habían hecho posible su paso de la dictadura a la democracia.

El tiempo, y aquel mismo incidente de la Asamblea Departamental del Atlántico, se encargaron de demostrar dicha falacia y de cómo es precisamente la memoria, el recuerdo, lo que posibilita no reincidencia.

Pero, igual la expresión material del recuerdo, cuando se vive abrasado por la venganza, se convierte en violencia que se ejerce, aún sobre el objeto simbólico.

Nelson Mandela y Desmond TutuQue “el olvido es una enfermedad”, fue demostrado por los científicos del comportamiento que le confieren a la memoria la capacidad- re- cordium-, de experimentar nuevamente el arrepentimiento, la contrición en el corazón, que hace del sentimiento, la disposición permanente de colocarse en la situación del otro, de sentir como propio su dolor y de actuar misericordiosamente.

Fue entonces cuando desde los escritos de un obispo negro, Desmond Tutu, se comenzó a entender que “perdonar” no es olvidar, sino “recordar sin odio y sin rabia”.

Refiriéndose al pensamiento del obispo Tutu y al de Nelson Mandela, en el proceso de reconciliación sudafricano, Gonzalo Gallo escribió hace diez años, refiriéndose al daño que producen en el cuerpo social la no disposición al perdón, a la prédica del odio por parte de los dirigentes colombianos, incluidos varios obispos:

Existe el perdón sin olvido, ya que perdonar no significa olvidar, sino recordar en paz, sin odio y sin rabia. Hay quienes perdonan y logran olvidar, hay otros que perdonan y recuerdan con amor y sosiego. El perdón tampoco exige la reconciliación.

Es formidable si se da, pero nadie está obligado a restaurar una relación dañina.

Hay perdón si usted expulsa el odio agazapado en el alma, destierra la rabia, actúa con compasión, y no vive abrasado por la venganza.

Es una experiencia reparadora que hay que vivir sin premuras y con el ánimo de sanar dolorosos desgarramientos.”

Pero, preguntaba yo en Santa Marta a Paloma Valencia y a mis compañeros de panel: ¿“Hasta cuándo seguiremos en el ejercicio, no de recordar, sino de refregar las heridas con sal limón y ceniza para impedir que cicatricen, para imposibilitar el perdón, avivando, no el arrepentimiento, sino el dolor”?

Creo que la primera de las causas que motiva este reavivamiento del dolor nace de la incapacidad del ofensor, del victimario de reconocer su culpa.

Tapar todos los sentidosUna forma de hacerlo es la “negación” de los hechos con lo que se “pretende que todas aquellas cosas nunca ocurrieron y que son invención, fantasía, de las víctimas”.

El “negacionismo” impide de parte del otro, o de los otros, el perdón pues, ¿qué hay que perdonar si el otro no reconoce que ha inferido la ofensa, que ha hecho daño, que ha pecado?

Otra manifestación de esta incapacidad de “confesión de boca” es la justificación mediante la racionalización de la propia intención y de la alienación de la culpa.

Si el ofensor considera que sus razones son justas y que el daño inferido es colateral a las dinámicas mismas de la guerra o de quienes, en últimas, generan las condiciones objetivas del conflicto, entonces “¿a quién perdonar si la culpa es de nadie o es de todos?”

Pero, ¿cómo posibilitar tal reconocimiento si en el “examen de conciencia”, no existen referentes que permitan establecer si se ha roto el equilibrio, si se ha inferido daño u ofensa a otros?

Es entonces cuando el lenguaje revela las condiciones morales que asisten a cada sujeto para no hacer la “confesión de boca”, su “mea culpa”.

Hoy, en Colombia, un mismo hecho es calificado como secuestro a la luz del código penal; como prisioneros de guerra por los que asumen que son una forma de Estado Emergente y como combatientes capturados en combate por quienes consideran que se enfrenta a una fuerza que pretende disputarle a un Gobierno su derecho a ejercer el poder político, el control social, la capacidad para imponer tributos y aplicar justicia en un determinado territorio.

Códigos y acciones

Hacer prevalecer la dimensión jurídica, por encima del derecho a la Libertad con el fin de justificar las razones que explican el acto injusto, lleva a pensar: “¿qué culpa debo reconocer si no hay culpa; y si tal no hay, de qué debo arrepentirme y si de nada debo arrepentirme, por qué y de qué hay que pedir perdón?

Yo creo que impedir que se construya un baremo común que permita establecer un referente ético sobre el cual “calificar la moralidad” de los hechos “sujetos al examen de conciencia de los actores” es, en sí mismo, una manera intencionada de construir un insalvable para posibilitar el gesto de solicitar y obtener perdón.

Mientras los Uribistas afirmen que en nuestro país no hay un conflicto armado interno, sino una situación de conmoción y tensiones interiores que deben ser resueltas a la luz del Código Penal; mientras la guerrilla siga buscando y creyendo que es posible adquirir un estatuto de beligerancia para que sus relaciones con el Estado Colombiano se regulen por el Derecho de Guerra entre Naciones, al tiempo que el Gobierno de Juan Manuel Santos reconoce que en Colombia hay un Conflicto Armado Interno No Internacionalizado, en el que las relaciones con la guerrilla se regulan por el Protocolo II de los Acuerdos de Ginebra, ¿cómo será posible reconocer la culpa, pedir y otorgar perdón?.

En el contexto del Derecho Penal Interno, que es el del llamado Estado de Conmoción y Tensiones Interiores, solo cabe el sometimiento a la Justicia, al cual la misma Ley “añade” subrogados penales que “estimulan” dicho sometimiento al punto que con ocho años de cárcel el delincuente resarce a la sociedad y paga su deuda con ella.

Gavilán, Cóndor, Paloma

Ya fue ensayado y aplicado en el pasado con los Carteles de Medellín y de Cali y, esa relativa impunidad, fue el precio que la sociedad colombiana estuvo dispuesta a pagar para que cesara la violencia desatada por aquellas organizaciones criminales.

En el contexto de un pretendido Estatuto de Beligerancia que las FARC ha buscado insistentemente a efectos de ser considerado como expresión legitima de un Estado en emergencia que busca ser reconocido como tal a efectos de ejercer las funciones propias de un Gobierno en un territorio.

 

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