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Control Social: la verdadera participación

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José Joaquín Rincón Chaves - Periodista, Abogado y actor de radio - Bogotá, Colombia

 

 

Autor: José Joaquín Rincón Cháves

Recientemente, el Alcalde Miguel Bolívar Acuña solicitó a la ciudadanía que se constituyera en fiscalizadora de algunos contratos de reparación de calles que se ejecutarán en barrios populares. En realidad, se tratada una vigilancia consagrada en la Nueva Constitución Nacional en el artículo 270 y que debe ser reglamentada por la Ley.

En efecto, la mencionada norma establece que "La Ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados".

En algunas ciudades, —valga Medellín como ejemplo—, este control social se viene realizando desde hace varios años y se cumple a través de las juntas de acción comunal, comités de defensa de los barrios y últimamente por las juntas administradoras locales.

José Joaquín Rincón Chaves - Periodista, Abogado y actor de radio - Barranquilla, Año 1992La Contraloría Municipal de la capital antioqueña por medio de reglamentaciones especiales y usando cartillas didácticas ilustra a las comunidades sobre las características generales, de las obras públicas, la calidad de los materiales, las especificaciones contractuales y dicta seminarios de capacitación a las organizaciones cívicas que ejercerán la vigilancia fiscal de los contratos.

Asimismo, entrega copia de los contratos con los períodos de iniciación y finalización de las obras, valor, cantidades de obra y responsabilidad de los contratistas. De esta manera, las comunidades participan con plena Información para que la veeduría que establezcan sea completa.

Cuentan además con la Asesoría Técnica de arquitectos e Ingenieros suministrados por la Contraloría Municipal para aclarar dudas o ampliar conocimientos en materia de interventoría. Como se observa, en estas condiciones la supervisión de las obras por parte de las organizaciones comunales garantiza un eficaz control social y obliga a los contratistas a desarrollar o ejecutar los trabajos ciñéndose a las obligaciones del contrato, de tal manera que no habrá lugar a un rápido deterioro o a sobrecostos siempre y cuando la ciudadanía ejercite la vigilancia adecuada y se constate que no se dieron irregularidades en el curso de la contratación o ejecución.

Otra manera de realizar control social es la participación adecuada que normas vigentes han establecido para la conformación y funciones de las denominadas Juntas Administradoras Locales. Estas organizaciones tienen atribuciones —que de ser bien aprovechadas— contribuirán en forma importante en la administración y correcta prestación de los servicios públicos en cada barrio.

Miguel Bolívar Acuña, Abogado penalista, Alcalde de Barranquilla, Colombia, años 1990 - 1991En efecto, las Leyes sobre autonomía municipal y fortalecimiento de los fiscos prevean que las JAL pueden hacer parte de loa juntas directivas de las empresas públicas locales. Además los usuarios de estas entidades deberán tener acceso a esas juntas con una tercera parte de sus miembros. De tal manera, que esta otra forma de participación se convierte en un control social que la comunidad puede ejercitar sobre la calidad de los servicios públicos, la gestión administrativa de los gerentes y, sobre todo, la intervención necesaria para conocer los estados financieros de las empresas y la posibilidad de decidir acerca de las tarifas.

El articulo 318 de la Constitución Nacional es suficientemente ilustrativo sobre estas materias al disponer que "con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local, los Concejos podrán dividir sus municipios en comunas...".

Estas comunas son orientadas por las Juntas Administradoras Locales (JAL) que tienen entre otras, estas funciones:

  • a). Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de obras públicas.
  • b). Vigilar y Controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se logran con recursos públicos.

Otra modalidad de Control Social es la referente a la revocatoria del mandato a funcionarios elegidos por voto popular, tema tratado ampliamente en nuestra columna anterior y, que se aplicará por toda la comunidad para los alcaldes o gobernadores que no cumplan con su programa da gobiemo.

Finalmente, y para que la comunidad participe en la designación del próximo gabinete municipal, una sugerencia para el padre Bernardo Hoyos. Que se informe con suficiente anticipación la Integración del equipo de gobierno para que la ciudadanía inicie el Control Social de los funcionarios que orientarán a Barranquilla en los próximos dos años y medio.

Publicación original en marzo 25 de 1992

 

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