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Tragedias que se pueden evitar

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Autor: Enrique Lequerica Otero

Transporte fluvial de pasajeros por el río MagdalenaEn Diciembre de 1996, el Congreso aprobó la Ley 336, llamada Ley Marco del Transporte y le otorgó el plazo de un año al Ejecutivo para que se reglamentara cada medio de transporte; plazo que fue cumplido “a las volandas” por el Ministerio de Transporte que emitió una serie de Decretos, bastante discutidos por sus notorias improvisaciones, entre los cuales brilla por su ausencia lo concerniente al Transporte de Pasajeros por vía Acuática, llamándose como tal al transporte de pasajeros en los casi 3.342 Kms de litorales marítimos (SIAC) sobre los dos litorales, sobre nuestros ríos con más de 18.200 Kms de longitud navegables (Mintransporte) para embarcaciones menores, y los múltiples lagos, lagunas y embalses donde además del transporte se hacen actividades recreativas.

El reciente accidente en el rio Amazonas donde fallece una distinguida jovencita de un encopetado colegio capitalino, llama a la reflexión sobre tan delicado tema, pues datos no oficiales indican que se movilizan más de 35 millones anuales de pasajeros por esta vía, la mayoría de ellos, realmente pertenecientes a los sectores más populares de nuestro tejido social.

Los populares “Johnson” que operan en nuestros ríos, raramente son construidos con cámaras de flotabilidad, normalmente carecen de luces, radios, bengalas de emergencia, chalecos salvavidas, techo de lona, cinturones de seguridad y de un extinguidor, como equipo mínimo para la protección de la vida humana.

La inseguridad en el transporte fluvial de pasajeros

Quizá con las excepciones del control de pasajeros y equipos que hacen las Capitanías de Puerto de Cartagena y Santa Marta para con el transporte de los turistas a Islas del Rosario, Playa Blanca y ensenadas de Bahía Concha o Neguanje, y de algún control en Buenaventura sobre las lanchas de pasajeros a las poblaciones del litoral, el resto de los puertos, en especial donde no existen Capitanías de Puerto, el control sobre los equipos (sin reglamentar y normalmente sin registro previo e inspección) es absolutamente inexistente.

Graves deficiencias en seguridad en el transporte de pasajeros via fluvial por el río MagdalenaEl Ministerio de Transporte, que tiene la misión del control del Tráfico en cualquier medio de transporte y de expedir las regulaciones aplicables, está en mora de implementar lo concerniente al de los Pasajeros por vía Acuática, donde las previsiones de seguridad son completamente inexistentes; la densificación de la navegación de embarcaciones mayores en el rio Magdalena, prevista como resultado de la APP rio Magdalena, aumentara los riesgos para las múltiples embarcaciones de “cruce” entre riberas, que hoy día operan sin ley ni orden.

El Estado no puede ser omiso con sus responsabilidades, y hoy existen cientos de Puertos Giraldo, Guapi, Caño Loro y similares, con potenciales casos de siniestralidad por falta de aplicación de las buenas costumbres náuticas.

La seguridad no es que las situaciones te afirmen que estás seguro si no que tu afirmes a las situaciones cuan seguro estás.” (Noriam)

 

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